Por CTAA* | La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer el fallo en el caso del profesor universitario y referente sindical Luis Calarota, en el cual consideró que un delegado gremial puede ser suspendido o despedido de su puesto laboral sólo cuando “mediare justa causa” con lo cual ratificó la “inmunidad” de los representantes sindicales.
La sentencia, llevó la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, contó con el voto concurrente el juez Horacio Rosatti, y con la disidencia del juez Carlos Rosenkrantz. La misma revocó un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que había privado a un docente universitario de la garantía legal de estabilidad en el puesto de trabajo que ampara a los representantes sindicales (fueros).
“El fallo no es innovador, en tanto se limita a la aplicación de la ley vigente. Pero es importante porque debería tender a unificar la jurisprudencia de los tribunales inferiores, que no siempre es uniforme”, explicó el Presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte.
Con esta sentencia, indicó el abogado, la Corte clarifica que en los procesos de desafuero de un representante sindical el empleador debe indicar la sanción que pretende imponer, para que el trabajador o trabajadora puedan ejercer plenamente su derecho de defensa, y para que los jueces puedan evaluar la razonabilidad entre la eventual falta cometida y la sanción a aplicar.
Además, el máximo tribunal afirma que no importa si al momento de resolver el caso el representante sindical ya no tiene tutela, es decir, que su mandato haya vencido. “Esto es importante también porque algunos jueces a veces evitan dictar sentencia aduciendo que al no existir ya tutela, la cuestión devino abstracta. Y la Corte descartó eso afirmando que debe garantizarse ´la plena eficacia del régimen de tutela de la estabilidad en el empleo de los representantes sindicales´, lo cual es digno de resaltar”, ponderó Cremonte. El expediente aún seguirá dando que hablar pues volverá a la Cámara donde deberá haber un nuevo fallo
El profesor Luis “Cacho” Calarota, era delegado gremial en la Facultad de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Rosario. Previo a este trámite, sufrió por parte del rectorado varios intentos de desafuero y despido, de hecho estuvo cesanteado entre fines del 2008 y mediados de 2009 lo que se revirtió por fallo de la Cámara de Apelaciones. Pero en 2011 con la gestión de Darío Maiorana se logró el fallo judicial argumentado en las supuestas deficiencias en su rol como profesor y quedó fuera de la UNR.
En este sentido, parte de lo interesante del fallo de la Corte es que habilita a que casos similares no deban volver al derrotero de años de presentaciones y que, en caso de darse, el trabajador permanezca en su puesto de trabajo hasta que exista la sentencia firme. La disposición es clara: no caben la suspensión o el despido “salvo que mediare justa causa”.
Justicia tardía
Gustavo Brufman, actual Secretario Gremial de la CTAA Rosario, fue el Secretario General de COAD entre 2007 y 2010 (Asociación Gremial de Docentes e Investigadores Universitarios), y le tocó dar la batalla en el marco de la persecución a Calarota.
“Dicen que no hay nada más injusto que una justicia tardía. Pero el valor político de un fallo que sienta jurisprudencia a favor de los trabajadores, en el contexto de la más brutal transferencia del mundo del trabajo al del capital y la ofensiva contra las organizaciones sindicales de base queriendo presentar a su militancia como si todos fueran corruptos burócratas empresarios, resulta de una trascendencia inusitada”, expresó.
“Resulta cuanto menos llamativo y paradojal, que la misma Corte Suprema de Justicia que juega sus piezas para limitar el derecho de huelga, diez años después de iniciado el litigio por un Delegado Gremial docente de la Universidad Nacional de Rosario reivindica la defensa de los fueros sindicales. Más aún frente a este gobierno que avanza sobre las organizaciones obreras que no se suman a su proyecto de dominación (no de gobernabilidad) yendo contra el propio estado de derecho y no respetando la letra de la ley en conflictos como el del Hospital Posadas, el INTI y tantos otros”, analizó Brufman.
El referente de la CTAA destacó la jurisprudencia que sienta la resolución ya que “pone límites al atropello a las organizaciones que defienden y protegen a la clase que vive del trabajo y genera la riqueza del país, pero además tiene el valor pedagógico de enseñarnos que no debemos abandonar la lucha”.
*Comunicación CTAA Rosario