Por Sofía Alberti* | La provincia de Santa Fe debate la adhesión a la Ley de Riesgos del Trabajo promulgada por el macrismo. Diversos gremios exigen una audiencia pública para debatir el tema. Quiénes ganan, quiénes pierden, y qué implicaría ejecutar la normativa.
El Sistema de Riesgos de Trabajo tiene como uno de sus supuestos objetivos reducir la siniestralidad en el trabajo a través de la prevención de riesgos en la actividad laboral y reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales. Para todos los empleadores es obligatorio afiliarse a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) o acreditar los requisitos para autoasegurarse ante las entidades competentes.
Primero es necesario partir de la base que, al hablar de la relación entre empleados/as y patronales, se aborda un vínculo de poder asimétrico en el cual siempre quien vende su fuerza de trabajo tiene mayor riesgo de ver vulnerabilizados sus derechos. Segundo, que uno de los pilares del Derecho del Trabajo es el principio de indemnidad: el ser humano debe salir ileso de una relación laboral. Esto supone obligaciones para los empleadores, sobre todo, la de prevenir los accidentes. Si a pesar de ello un trabajador sufre un daño, éste debe ser reparado. Algo que tampoco resuelve la cuestión, pues una afección en la integridad psicofísica ocasiona efectos que no son mensurables ni anulados desde lo económico.
Por eso, desde entidades gremiales suele enfatizarse en la necesidad de mejorar la prevención y el cuidado de la salud, el desarrollo de condiciones dignas y equitativas de labor, el armado de medioambientes de trabajo seguros y salubres. Asimismo, perciben necesario que los trabajadores y trabajadoras sean parte del diseño, implementación y fiscalización del régimen de prevención de accidentes y enfermedades laborales. Y, consideran, que debe haber una intensa responsabilidad de patrones y ARTs sobre los riesgos y una respuesta integral de éstos frente al daño.
Ganadores y perdedores
En el esquema actual de relaciones de producción, la parte trabajadora sufre un triple robo: el desgaste del cuerpo, la apropiación de la riqueza que produce por parte de los empresarios y la transferencia de ingresos que significa destinar los aportes colectivos de las obras sociales a los daños no reconocidos en el ámbito laboral (físicos y psíquicos), por parte de las ART.
El economista Sergio Arelovich definió con claridad que “las ART son empresas financieras antes que compañía dedicadas a asegurar riesgos del trabajo”. Sus activos son esencialmente financieros, tienen ingresos por participar de la especulación con títulos, acciones, moneda extranjera, etcétera. Y el dinero recaudado no tiene por destino disminuir la siniestralidad, sino incrementar la ganancia especulativa.
De hecho en su reciente estudio de julio de 2019, el especialista mostró que entre diciembre de 2017 y mismo mes de 2018, se incrementó en un 129% el resultado financiero de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo. En 2018 el saldo positivo entre las pérdidas y las ganancias por la actividad especulativa fue de 5.805 millones de pesos. Es decir, 15.904.109 (quince millones novecientos cuatro mil ciento nueve) de pesos por día, 662.671 por hora.
Asimismo mencionó que dentro del ámbito patronal las más afectadas son las Pymes: llegan a pagar por cada cien pesos de salario asegurado hasta tres veces más de lo que pagan las grandes empresas, donde según la Superintendencia de Riesgos de Trabajo se producen la mayor cantidad de siniestros.
Según el “Informe Provisorio de Accidentabilidad Laboral” de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en el período enero-diciembre de 2018 hubo 669 accidentes mortales. Es decir, tomando los 365 días del año, casi dos muertes cada 24 horas. El 99,25% fueron de trabajadores y trabajadoras en unidades productivas. Los siniestros totales ascendieron a 545.907, 1.495 por día. El segmento etario más afectado está entre los 20 a 39 años, que explica el 59% de los siniestros totales. Del total de casos, Santa Fe explicó el 8.1% (43.964 anual, 120 por día).
Así y todo, como muestra Arelovich en su informe, del total de trabajadores y trabajadoras aseguradas, menos de 1% inició juicio y en la mayoría de los casos se debió por ausencia o insuficiencia de respuesta por parte del sistema.
Planteando la salvedad de que en el caso del empleo público hay regímenes distintos que no entran en las estadísticas y que la informalidad laboral general en Argentina llega al 40%, un dato relevante de los informes de la SRT que abarcan el trabajo público y privado registrado, es que mientras entre 2017 y 2018 la litigiosidad cayó un 40%, los accidentes sólo se redujeron un 6% y los casos notificados por accidentes mortales disminuyeron, según el organismo, un 9,6%.
“La cantidad de juicios de acuerdo al tamaño de empresa también registró bajas superiores al 40% en la mayoría de los casos. Las empresas con una nómina de entre 1501 y 2000 empleados obtuvieron la mayor caída interanual: 49%”, explica la Superintendencia. Números que sin dudas clarifican quiénes se han beneficiado más con la nueva ley.
Látigos y latiguillos
Lamentablemente este escenario que inició la ley menemista 24.557 en el marco de otras normativas flexibilizadoras, que fue modificado en algunos aspectos regresivamente por el kirchnerismo en 2012, sufrió un empeoramiento de la mano del macrismo. El gobierno nacional ató esta modificación al obsesivo compulsivo discurso presidencial y empresarial sobre la necesidad de una reforma laboral para bajar costos, aumentar la productividad y, entre otras cosas, despedir sin causa.
Para desplegar esas políticas e intentar consenso social, la CEOcracia atacó a quienes defienden los mandatos constitucionales que las frenan: pasaron de denunciar ‘la extorsión de los sindicatos’, a señalar a ‘la mafia de los abogados laboralistas’ y el ‘curro de la justicia del trabajo’. Los latiguillos fueron y son la presunta alta litigiosidad y la llamada ‘industria del juicio’.
Según indicó el Presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, sólo el 3 por ciento de los accidentes laborales desemboca en la justicia. “La verdadera industria es la industria del incumplimiento. De cómo gano más plata invirtiendo menos y eso el sistema se lo permite a las empresas. Me desentiendo de la prevención y sólo me cubro pagando un seguro”, dijo cuándo Macri promulgó la nueva ley en 2017, a la que posteriormente debían adherir los estados provinciales.
La realidad es que el esquema actual privatizado consolidó un sistema legal basado en el gran negocio de la enfermedad, que garantiza la ausencia de prevención y por lo tanto genera enfermedades de origen laboral, que en su gran mayoría ni siquiera forman parte del fixture de las ART. Médicos y abogados laborales coinciden en que es mínima la proporción de enfermedades laborales reconocidas como tales. Y un dato que falta, entre otros, es qué sucede cuando los trabajadores y trabajadoras salen del sistema, es decir, se jubilan.
Tiempo de alargue
La reforma de 2012 obligó a quienes sufrían un accidente o enfermedad a optar entre el camino de la Justicia Laboral o la Civil para resarcirse, cuando ambas abordaban aspectos distintos de la situación lesiva. La reforma macrista ratificó además un trámite administrativo a través de las Comisiones Médicas, constituidas ahora como instancia administrativa previa, única, obligatoria y excluyente. Éstas serán las responsables de determinar en 60 días hábiles prorrogables, si se trata de una enfermedad laboral, cuál es el grado de discapacidad y la indemnización.
Si el trabajador no está conforme con la decisión de la Comisión Médica tendrá, de aprobarse la reglamentación santafesina, sólo 45 días para acceder a la vía judicial. Y de hacerlo, en el caso de que la Comisión hubiera dictaminado una indemnización insuficiente, el camino judicial será suspensivo de la disposición administrativa. Es decir, si el trabajador o trabajadora va a la justicia por la diferencia indemnizatoria, no vería un centavo hasta terminar el trámite, en el caso de un fallo favorable.
Vale recordar que en 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la obligatoriedad de las Comisiones Médicas, convirtiéndolas en una instancia voluntaria. Esas comisiones cuentan con la competencia jurisdiccional en materia laboral que, por mandato constitucional, le corresponde a la justicia ordinaria.
Como plantea la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario las mismas “carecen de idoneidad para investigar los accidentes y enfermedades del trabajo, las condiciones y medioambiente, y la relación entre estos y las enfermedades. Están compuestas exclusivamente por médicos, que sólo están capacitados para determinar enfermedades y grados de incapacidad. No los integran ingenieros o técnicos en seguridad en el trabajo, ni otros especialistas, ni se prevén las inspecciones a los lugares de trabajo”.
“Los médicos que las integran no son funcionarios públicos, careciendo por lo tanto de estabilidad y sus gastos son financiados parcialmente por las ART, por lo que no ofrecen garantías de la debida imparcialidad. Es por ello que sus dictámenes o resoluciones no pueden hacer ‘cosa juzgada administrativa’ como lo afirma el proyecto de adhesión”, denunciaron desde AALR.
Para evaluar su eficacia potencial en el territorio santafesino de aprobarse el texto en la Cámara de Diputados el 1ª de agosto, la Resolución Nº 34/2019 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo creó sólo cinco Comisiones Médicas y cinco Delegaciones para todo el territorio santafesino. Una provincia que tuvo en 2018, 43.964 de casos relevados por la SRT. Pareciera que se pretendiera hacer honor a la frase que dice “si quieres que algo no avance, crea una comisión”.
Marcha a Santa Fe
El Senado provincial dio media sanción a la adhesión de Santa Fe a la regresiva Ley Nacional de Riesgos de Trabajo. Los gremios prometieron marchar a la capital provincial cuando se aborde la iniciativa en la Cámara de Diputados.
“No sólo la normativa no avanza en la prevención de accidentes y enfermedades laborales, sino que descuida la vida y salud de los trabajadores al colocar como gestores a ARTs que tienen intereses opuestos a los de las víctimas. Por eso exigimos una audiencia pública y el rechazo de la Cámara de Diputados a esta adhesión que va contra la prevención, el cuidado de la salud y la generación de sistemas y métodos de trabajo que cuiden la vida y la salud de trabajadores y trabajadoras y no la ganancias de las empresas”, explicaron en un comunicado desde la CTA Autónoma, ATE Rosario, Amsafe Rosario, la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario, COAD, SIPRUS, el Sindicato de Aceiteros de Rosario y la Comisión Interna de Acindar, Tenaris y otras fábricas adheridas a la UOM Villa Constitución.
“La mayoría de los gremios rechazamos fuertemente esta ley porque entendemos que no es aislada sino que forma parte de esta avanzada que el gobierno nacional quiere hacer sobre los derechos de los trabajadores junto con la reforma laboral, y cuyo objetivo es bajar los costos, flexibilizando el mercado de trabajo”, explicó Diego Ainsuain, presidente de Siprus-Fesprosa. “Queremos discutir salud, medio ambiente y que no haya una sola muerte más de un trabajador por malas condiciones de trabajo”, remató el dirigente.
*Nota original publicada en Indymedia Rosario – Sofía Alberti, periodista, Secretaria de Comunicación de la CTAA Rosario
Referentes sindicales, políticos y sociales, locales y nacionales, ente ellos Rodolfo Aguiar de ATE y Sonia Alesso de CTERA, exigieron en conferencia de prensa el